A un sujeto que abusó de nena de seis años lo condenaron a 12 años de cárcel en Roca

 

La Cámara Criminal Segunda de Roca condenó a un individuo de 21 años a la pena de 12 años de prisión al declararlo autor de varios delitos de abuso sexual contra una nena cuando tenía entre 6 y 9 años.

Los delitos son “acceso carnal realizado contra una menor de 13 años de edad, reiterado en un número indeterminado de veces, no menor a 10, agravado por ocasionarle un grave daño en la salud mental de la misma; en concurso ideal con promoción de la corrupción agravada por haberse cometido contra una menor de 13 años de edad”.

Por no encontrarse firme la condena y por no haber mediado requerimiento fiscal al respecto, el Tribunal no dictó la prisión preventiva, aunque mantuvo sobre el imputado la prohibición de acercamiento a la niña, sus familiares y/o allegados bajo apercibimiento de ordenar su detención en caso de incumplimiento.

El juicio oral se realizó ante los jueces Oscar Gatti, María Evelina García Balduini y Gastón Martín. La acusación fue sostenida por el fiscal de Cámara subrogante Miguel Fernández Jahde, quien solicitó una condena de 12 años de cárcel, a la que adhirió la defensora de Menores Alicia Terraza. La defensa del imputado estuvo a cargo del abogado particular Gustavo Torres, quien solicitó la absolución por el beneficio de la duda.

Según la acusación, los hechos ocurrieron en Roca entre 2013 y fines de 2015, mientras la víctima tenía entre 6 y 9 años. Los aberrantes hechos fueron concretados en los domicilios de la menor, a los cuales el sujeto frecuentaba por la íntima amistad que lo unía a un hermano de la niña.

En su voto, la jueza García Balduini señaló que “no obstante la negativa del imputado en cuanto a la acusación que se le formula, en pleno ejercicio de su derecho de hacerlo, los diversos elementos de prueba con que se cuenta (…) demuestran lo contrario; esto es, que los hechos sucedieron tal y como están atribuidos y que él los cometió”.

La investigación comenzó en febrero de 2016 por una denuncia de la madre de la niña ante la Unidad Fiscal Temática N° 5 de Roca, luego que la nena le relatara lo vivido.

Se valoró que la declaración de la niña en Cámara Gesell, sumada a los demás testimonios, a los informes médicos y psicológicos sobre la víctima y a las pericias, dieron un “marco de indiscutida credibilidad de la denuncia”.

Por otra parte, la pericia psicológica realizada al imputado reveló “signos indicadores de conflictos en la esfera psicosexual” pero ningún “cuadro psicopatológico alguno” que le impida comprender los hechos cometidos.

“Surge del conjunto de las evidencias que A.(su identidad no fue difundida) abusó sexualmente con acceso carnal” a la menor de edad, aprovechándose de la confianza que le daba la familia de la víctima, que “lo tenían integrado” desde la niñez, sostuvo la jueza del voto rector.

“Cabe resaltar además el innegable daño a la salud espiritual/mental de la nena, que claramente surge de los informes psicológicos reseñados antes, en los que se destaca que hay un descenso o relentamiento -o detenimiento- del su desarrollo cognitivo”, destacó la sentencia como agravante. Además, se tuvo por acreditado que afectó el normal y natural desarrollo de la sexualidad de la víctima, configurándose el delito de promoción de la corrupción.

 

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