Se realizó este viernes la audiencia indagatoria al acusado de atropellar y matar a una mujer, de 34 años, el martes pasado en el denominado “Paseo del Bicentenario” de la ciudad de General Roca. El procedimiento se desarrolló en el despacho del juez en feria, Rubén Norry. Por el hecho, el imputado está detenido en la Subcomisaría 67 de Stefenelli, confirmaron esta tarde fuentes judiciales.
Después de la lectura del hecho del que se le imputa y las pruebas recolectadas hasta el momento, el imputado, asistido por sus defensores Darío Sujonitzky y Rodrigo Bueno, prestó declaración.
Relató su versión de los hechos, aludiendo en todo momento a “sus problemas de ingesta de alcohol” y que no recordaba nada de lo sucedido.
El fiscal en feria Ricardo Romero sostuvo que la conducta que se le atribuye al acusado se constituye en el delito de “homicidio simple cometido con dolo eventual”.
La Fiscalía rechazó el pedido de exención de detención solicitada por la defensa, teniendo en cuenta la calificación legal atribuida, que tiene prevista una pena, que en orden a lo establecido en el artículo 26 del Código Penal, determina que en caso de recaer condena, la misma no puede ser de ejecución condicional.
Respecto de los riesgos procesales que hizo referencia la defensa, el fiscal Romero remarcó que “resulta prematuro su tratamiento”, entendiendo que los mismos deben ser tratados al momento de resolver la situación procesal del indagado.
En relación a la calificación legal, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que “si bien es cierto que no es posible atribuirle un dolo directo en cuanto al resultado producido, basado en la ingesta de alcohol a la que ha hecho referencia el acusado, debe tenerse en consideración que, solo podría darse de un hecho culposo en la medida en que se esa ingesta hubiera determinado que no comprendía el acto de criminalidad que cometía y que actuara en base a esa comprensión”.
“Las actitudes anteriores y posteriores al hecho que tuvo, constituye evidencia de que aun, cuando atravesaba un grado de embriaguez, comprendía lo que estaba haciendo, lo que debe sumarse que el hecho de transitar varias veces por día por ese sector hace que tuviera un acabado conocimiento de la intensidad del tránsito de ese lugar, por lo que necesariamente debió figurarse que su temeraria actitud podría determinar el resultado, como el que efectivamente se produjo. Actuó con dolo eventual, porque aun sin intención directa o indirecta de hacerlo, fue consciente del riesgo, lo asumió y la evitación del resultado le fue indiferente a su conciencia”, remarcó el fiscal.
Por su parte, la defensa solicitó al juez de Instrucción, la exención de detención de su defendido, fundamentando su petición en que “no existe peligro procesal alguno, ni peligro de fuga, además de que no posee antecedentes penales.
En cuanto a la calificación legal, el abogado Darío Sujonitzky sostuvo que “es materia opinable” y que debe evaluarse el estado de imputabilidad o no que tenía su asistido al momento del hecho. Al respecto, señaló que “el estado etílico evidente que tuvo al momento del hecho hace que, en modo alguno, pueda aseverarse que él pudo haber previsto algún tipo de resultado, mas allá de la mecánica del accidente”.
En este sentido, remarcó que su defendido merece cumplir este proceso sin restricciones a la libertad, y que existen medidas alternativas, como por ejemplo, el arresto domiciliario”. Además, la defensa descartó rotundamente la figura del dolo eventual, y sostuvo que a todo evento, como hipótesis de máxima, se vera si fue un hecho culposo o un hecho en el que su asistido obró en un grado de imputabilidad, como hipótesis mínima.
Al finalizar la audiencia, el juez dispuso que el imputado siga detenido hasta la resolución de su situación procesal, haciendo lugar a lo solicitado en su momento por la Fiscalía. Tuvo en consideración las características del hecho, su gravedad, el impacto social, el monto de la pena y la inestabilidad psicológica que presenta el acusado, representando la misma un peligro inminente para la sociedad. Se fijó para el próximo miércoles 1 de febrero a las 10, por pedido del fiscal, la audiencia para analizar la prisión preventiva, conforme a la acordada 2/16 dictada por el Superior Tribunal de Justicia.
Hecho
El hecho por el que se imputa ocurrió el 17 de este mes alrededor de las 11:29 horas de la mañana, en el extremo norte del denominado “Paseo del Bicentenario”, en tales circunstancias el imputado conduciendo su vehículo particular a una velocidad que, conforme al relato de los testigos presenciales y que será corroborada con la correspondiente pericia técnica, excedía groseramente la reglamentariamente permitida.
En el lugar, efectuó “una maniobra temeraria e incontrolada y previo a superar a dos vehículos que lo precedían, embistió desde atrás a la motocicleta conducida por la víctima, que circulaba por el mismo sentido, quién a consecuencia de la colisión perdió la vida en forma instantánea”.
Según el relato de los testigos, una vez detenido el vehículo, el imputado se bajó del rodado e intentó alejarse del lugar a bordo de otro vehículo, actitud que le fue impedida por personas que se habían acercado al lugar, luego efectivos policiales procedieron a la detención.
Al cabo de unos minutos, inspectores de Tránsito de la Municipalidad local le realizaron el test de alcoholemia, surgiendo del mismo que en ese momento el imputado registraba 3.2 grados de alcohol en sangre, circunstancia que será corroborada con la pericia toxicológica dispuesta al efecto.
FOTO DIARIO RIO NEGRO