Apenas nueve meses para un sujeto que hostigó a su ex pareja en Cipolletti

 

La Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti condenó a un individuo, de 40 años, a siete meses de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja, amenazas y desobediencia a una orden judicial. Se le unificó otra sentencia y por eso debe permanecer en calabozo nueve meses.

El condenado, identificado como R.M.O (oficialmente no se difundió la identidad del sujeto) se encuentra detenido.

Sobre el imputado regía una prohibición de acercamiento dictada en favor de la víctima, medida que había adoptado una jueza de Familia de Cipolletti en el contexto de una causa de violencia familiar.

Pese a ello, en junio del año pasado, la misma Cámara Segunda ya había juzgado a R.M.O y en esa oportunidad los jueces le impusieron seis meses de prisión en suspenso por el delito de coacción, cometido con la misma víctima. Cómo el agresor no cumplió con las pautas de conductas impuestas por la Cámara Segunda, el Tribunal le revocó la condicionalidad de la pena que se transformó en una pena de cumplimiento efectivo. Desde entonces se encuentra detenido cumpliendo esa sentencia.

En el fallo, además de los siete meses de prisión, el Tribunal unificó esa condena con la dictada en junio del año pasado. En consecuencia R.M.O deberá cumplir nueve meses de prisión efectiva.

En esta última causa a R.M.O se lo acusó por hechos cometidos entre el 31 de julio y el 24 de agosto de 2016. En ese lapso de tiempo el imputado amenazó a la víctima en reiteradas oportunidades mediante mensajes de textos; la abordó en la vía pública y la golpeó (le provocó lesiones leves) y anduvo merodeando por su domicilio cuando tenía prohibido acercarse a la víctima, medida impuesta no solo por el Juzgado de Familia sino por la Cámara Segunda en el contexto de la primera sentencia.

Cuando la víctima radicó la denuncia, la Fiscalía solicitó la detención del imputado. Una vez apresado, estuvo uno días a disposición del juzgado de turno en ese momento y luego comenzó a cumplir la condena dictada por la Cámara Segunda el 3 de junio de 2016.

En esta última causa a R.M.O lo acusaron de los delitos de lesiones leves agravadas por la relación de pareja (un hecho) en concurso real con amenazas continuadas (seis hechos) y desobediencia reiterada a una orden judicial (diez hechos). El caso se resolvió mediante un juicio abreviado con la participación de la fiscalía y de la defensa pública.

 

 

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