No prosperó acción de dos defensoras para beneficiar a menor, presunto coautor de homicidio

 

El juez superior Enrique Mansilla declaró inadmisible la acción de habeas corpus que presentaron dos defensoras viedmenses a favor de un menor, de 17 años, presunto coautor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. El chico está detenido en un área de Promoción Familiar.

Además, les hizo saber a ambas defensoras que deberán concurrir ante el Tribunal ante el cual se encuentra a disposición el menor, a fin de requerirle que de modo expreso, explícito e inmediato se pronuncie sobre la petición de externación del joven imputado.

Surge del expediente que Graciela Carriqueo y Patricia Alejandra Arias, defensoras Penal y de Menores, respectivamente, interpusieron hábeas corpus en favor de su representado, N.A.P. a fin de lograr su externación, porque la Sala B de la Cámara del Crimen se declaró incompetente al efecto.

Carriqueo y Arias expresaron que el menor se encuentra privado de su libertad por orden del juez de Instrucción N° 2, por ser coautor del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación de arma de fuego sin la debida autorización legal, en concurso ideal.y por amenazas calificadas por haber sido cometidas con arma de fuego.

Advirtieron que se encuentra vencido el plazo de 90 días de internación oportunamente dispuesto, fundado en “los peligros procesales aludidos por la fiscalía en punto a presuntas amenazas a un testigo y la consecuente obstaculización de la investigación”.

Agregaron que luego de sucesivas prórrogas, el 4 de febrero de este año el juez de instrucción fijó una nueva por el plazo de 30 días, cuyo vencimiento operó el 6 de marzo de 2017.
Expresaron que el 1 de marzo la defensa peticionó ante la Sala B de la Cámara del Crimen, lugar en el que se encuentra radicado el expediente, que se requirieran informes al organismo de protección de derechos y se fijara audiencia a los fines de la externación de su representado, destacando que dicho tribunal se declaró incompetente y remitió las copias del incidente de tratamiento tutelar al Juzgado de Familia para que resuelva.
Las defensoras señalaron que como fundamento del rechazo los jueces de la Sala B de la Cámara Criminal, en coincidencia con lo manifestado por el fiscal Trejo, sostuvieron la incompetencia del Tribunal para entender en la cuestión atinente a la internación del joven.
Cuestionaron los argumentos expuestos por los magistrados en cuanto indicaron que en el caso del menor corresponde hacer prevalecer las razones de especialidad que motivaron la separación de competencias operada en la provincia.
Indicaron las defensoras que en el caso los jueces la Sala B se declaran incompetentes y el Juzgado de Familia aún no ha resuelto su competencia. Mientras tanto precisaron que el joven permanece privado de libertad ilegítimamente, por encontrarse vencido el plazo establecido y rechazar su competencia para resolver la Cámara del Crimen.

 

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