La Cámara Laboral Segunda de Bariloche hizo lugar a la apelación planteada por un trabajador de VIARSE, reconociendo incapacidad laboral por dos siniestros laborales ocurridos durante la realización de labores habituales.
En consecuencia, condenó a Horizonte Compañía de Seguros Generales a indemnizar al trabajador y también que se provean las prestaciones prescriptas por los médicos, conforme su estado de salud derivado del siniestro laboral.
Finalmente, el Tribunal dispuso se provea en forma inmediata y definitiva las medidas que resulten necesarias para la recalificación profesional y readecuación de tareas para evitar agravamiento de su enfermedad profesional.
El empleado trabaja hace 28 años en VIARSE como electricista en los talleres de la empresa y entre sus tareas está la de levantar -para retirar y recolocar- baterías pesadas, con un peso estimado de 20 a 50 kilos y otros elementos de las maquinarias viales que debe atender.
Según fuentes judiciales, en el examen preocupacional oportunamente realizado, confirmado luego con otros estudios similares y periódicos posteriores realizados por disposición de la empleadora, ingresó sano y sin ninguna dolencia anterior.