Desde el jueves 4, está expresamente prohibida la práctica de la caza comercial en 14 áreas naturales protegidas de Río Negro y, además, algunos modos de captura de animales.
Los lugares son:
– Punta Bermeja “La Lobería”
– Caleta de los Loros-Pozo Salado-Punta Mejillón
– Bahía de San Antonio
– Complejo Islote Lobos
– Puerto Lobos
– Meseta de Somuncurá
– Bosque Petrificado Valcheta
– Camino la Luisa
– Valle Cretácico
– Cipresal de las Guaitecas
– Río Azul-Lago Escondido
– Río Limay
– Parque Provincial Azul
– Parque Público Carri Laufquen.
También está restringido realizar toda acción cuyo objetivo sea disminuir o destruir la protección natural del hábitat o desalojar a los animales de sus refugios naturales
No se puede:
Cazar en o desde caminos o rutas de uso público y en proximidad a áreas urbanas, suburbanas o lugares habitados.
Cazar con arma de fuego bajo condiciones de lluvia intensa, granizo, niebla, nieve, humo o cualquier otra que reduzca la visibilidad y torne peligroso su uso.
Usar armas, artes o elementos que no estén expresamente autorizados en el decreto reglamentario Nº 633/86.
Cazar en Áreas Naturales Protegidas (ANP`s) declaradas como tales con las excepciones que establezca la autoridad de aplicación.