Dos imputados por abuso sexual con acceso carnal, con corrupción de menores ocurrido en Choele Choel, fueron detenidos a instancia de la fiscal jefe Graciela Echegaray, quien lo solicitó basándose en el riesgo procesal de peligro de fuga.
Por su parte, la Cámara Segunda en lo Criminal de Roca hizo propios los argumentos esgrimidos por Echegaray e hizo admisible el pedido, que se concretó el lunes al mediodía.
Ambos acusados se encuentran cumpliendo prisión preventiva y para uno de esos sujetos la pena es de 15 años de prisión y para el otro,10 años.
“El grado de presunción de culpabilidad de los imputados aumenta a medida que avanza el proceso en su contra y se llega al final del mismo con un fallo condenatorio adverso, puesto que ello implica que el principio de inocencia se va debilitando cuando se trata de personas que han sido procesadas y luego condenadas”, aclaró Echegaray. Esto incrementa, sostiene la fiscal, la presunción de peligro de fuga.
En la audiencia de alegatos de este caso, la fiscal jefe requirió la detención ya que valoró que ambos acusados no tenían trabajo fijo, ni familia a cargo, en suma no tenían ni tienen arraigo suficiente.
Por otra parte, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de siete años de prisión dictada en marzo por la ex Cámara Criminal Segunda de Roca contra un individuo de Río Colorado, el cual fue declarado autor del delito de abuso sexual simple, reiterado en número indeterminado de veces, agravado por la condición de ascendiente de la víctima.
Tras esa definición y evaluando el nuevo panorama procesal, los jueces del Tribunal roquense, Gastón Martín y María Evelina García Balduini ,ordenaron la prisión preventiva y el traslado del imputado a un establecimiento penal de la provincia.
El abusador se encontraba en libertad, con domicilio en la ciudad de Bahía Blanca, cumpliendo con presentaciones regulares en una unidad policial.
La detención fue ordenada el 13 de este mes y fue materializada al día siguiente por efectivos policiales de la DDI de Bahía Blanca. El traslado se concretó de inmediato a la unidad penitenciaria N° 1 de Viedma, previéndose en el futuro su derivación al Penal N° 2 de Roca.
Al dictarse la condena se tuvo por acreditado que el imputado cometió los delitos en perjuicio de su nieta, por entonces de cuatro años y que los ocurrieron “en reiteradas oportunidades, con anterioridad al 30 de noviembre de 2010, en la ciudad de Río Colorado”, consistentes en tocamientos en ocasión en que éste la llevaba al jardín o cuando estaban en la casa del imputado.