El 6 de febrero de 2017, aproximadamente a la 1:00, en el interior del domicilio ubicado en el barrio Eva Perón de Bariloche, un sujeto agredió físicamente a su pareja y madre de sus hijos. En esas circunstancias le quemó el rostro utilizando un cigarrillo, la golpeó en el rostro, la cabeza y el cuerpo, utilizando primero sus manos, las piernas y luego una canilla.
Ahora, el fiscal Martín Govetto solicitó continúe el trámite en causa por violencia de género, más allá de la voluntad de quien resultó víctima de las lesiones, por considerar que “el Estado debe intervenir al mediar razones de interés público en este tipo de temáticas”.
El planteo surge en el marco de una audiencia (para presentar pruebas en instancias previas al juicio), donde la defensa pública del imputado encabezada por Marcos Ciciarello manifestó haber tenido contacto con la denunciante (ex pareja y madre de sus hijos) quien le expresó su voluntad de no instar acción penal en contra del acusado.
“Ambos arreglaron lo que originó el conflicto y no quiere llegar a juicio con el padre de sus hijos. Tratándose de un delito de instancia privada, la realización del juicio es innecesaria”, sentenció.
Govetto solicitó en ese contexto la revocatoria de la orden del juez de juicio, Miguel Gaimaro Pozzi, quien convocó a declarar a la víctima, para escuchar su opinión al respecto. Consideró para ello que apenas sucedidos los hechos, la mujer instó acción penal mediante la denuncia de los mismos. Por lo tanto, deja ser una situación de instancia privada, donde el Estado debe intervenir por mediar razones de interés público (tal lo normado en el artículo 72 del Código Penal).
“Es un ejemplo de violencia de género típico, donde los diferentes ciclos que la componen se manifiestan afectando claramente su voluntad. Este es un punto esencial, la repetición en ciclos. Sabemos que la víctima no quiere ir a juicio y esto puede ser por diversos motivos, porque está amenazada, o con miedo, porque no quiere enfrentarse al imputado, entre otros. Las diversas situaciones vividas llevan a que la víctima se retracte, sin percibir el riesgo de tal decisión”.
“El hecho imputado es muy grave, los niños resultaron testigos al igual que la madre de la víctima, quien pidió intervención de la Policía. La vida de la mujer estaba seriamente en peligro cuando arribaron los oficiales al domicilio, dado que el acusado estaba golpeándola con una canilla. La acción penal no tengo ninguna duda que está debidamente promovida, instada y habilitó al Estado a que intervenga”, manifestó Govetto.
Atento a esto, el magistrado ordenó encomendar a la oficina judicial que tramite la citación a la mujer para que se presente en sede judicial. En tanto se suspendió hasta nuevo aviso, la presentación de las pruebas con la que se ha de valer la fiscalía al momento del juicio.
Justificó el magistrado dicha decisión en la necesidad de escuchar a la denunciante con las debidas garantías, considerando que el nuevo marco legal apunta a la solución alternativa de conflictos, teniendo
como última opción el proceso penal. Planteó como necesario evaluar la continuidad de la causa, para evitar un dispendio jurisdiccional, en caso de que se produzcan otros pasos procesales en contra de la voluntad de la víctima.
Poco después de ocurrido el hecho, a raíz de un llamado de la madre de la víctima, concurrió personal policial, quienes lograron hacer cesar el ataque y procedieron a su detención. A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió diferentes heridas en el cuero cabelludo, heridas en la frente, quemaduras y fractura de nariz.
Los hechos descriptos constituyen el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, artículos 89, en función del 92 por la remisión al 80 inciso primero del Código Penal, en calidad de autor.
Bariloche: juez de Garantías tuvo por formulado cargos por amenazas
A través de mensajes de texto telefónicos un hombre amenazó su ex-pareja.
Luego de escuchar en audiencia oral y pública a la Fiscalía y a la Defensa, el juez de Garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado cargos por amenazas de un hombre a su ex pareja, realizadas a través del teléfono celular.
El imputado estuvo asistido por la abogada Romina Martini, defensora oficial.
En la oportunidad el fiscal Tomás Soto Daher formuló cargos contra un sujeto, mayor de edad, vecino de Bariloche, quien a través de una serie de mensajes de texto telefónico, amenazó a una mujer con la que mantuvo una relación de pareja.
El contenido de los mensajes, que fueron leídos por el Fiscal para mencionarlos de manera textual, señalan: “Te lo repito, esto recién empieza…” “Si tenés a alguien, rezá, vos vas a caer y rezá por el que te acompañe..” “mía vas a ser en el más allá” “nos van a sepultar juntos”, “juro que de esta no salís”. Todos estos mensajes de texto, y de acuerdo a la imputación fiscal, causaron profundo temor en la mujer víctima.
En el transcurso de la audiencia el fiscal detalló los fundamentos de la formulación, destacando que existían también antecedentes en el Juzgado de Paz por Violencia Familiar.
Al momento de resolver el juez de Garantías tuvo formulado cargos por amenazas y concedió a las partes dos meses para completar la investigación preliminar, además de imponer las medidas pertinentes al hombre imputado.