El Poder Judicial de Río Negro difundió oficialmente este lunes el llamado a concurso externo para el cargo de personal de portería en ámbito de la Segunda Circunscripción, con sede en la ciudad de General Roca. La inscripción se efectuará desde el 18 de diciembre al 22 de ese mismo mes, inclusive.
A continuación el texto completo de la resolución judicial.
Llamado a Concurso Externo
Personal de Portería
Personal de Portería – Escalafón Servicios Generales
– Agrupamiento D.3, Categoría Auxiliar Ayudante, con asiento en la localidad de General Roca, en el ámbito de la IIda. Circunscripción Judicial, según lo establecido en la resolución N° 831/
17-STJ que dispone el llamado a concurso.
Requisitos generales y particulares: Establecidos en la Ley Orgánica N° 5190, Acordada N° 29/17- STJ, resolución N° 562/13-STJ y Reglamento Judicial, de acuerdo a las bases y condiciones del concurso.
Plazo y Lugar de Inscripción: Desde el 18/12/ 2017 hasta el 22/12/2017 inclusive, a través del sitio web institucional del Poder Judicial de Río Negro www.jusrionegro.gov.ar.
Informes. Bases y Condiciones: En el sitio institucional del Poder Judicial de Río Negro www.jusrionegro.gov.ar / Concursos de Ingreso de Empleados – en trámite, accediendo a través del siguiente link: http://servicios jusrionegro.gov.ar/ inicio/web/rrhh/concursos-index.php#ce., o, en el Área de Gestión Humana del Poder Judicial de Río Negro, sito en calle Laprida N° 292 1a ciudad de Viedma – Tel. 02920-441000, interno1377.
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SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE
LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
Resolución Nº 831/17
Viedma, 13 de noviembre del 2017
Visto: el expediente CRH17-49 caratulado
“Área Gestión Humana s/Concurso Externo
Porteros – Ciudad Judicial de General Roca
(Escalafon D.3)”, mediante el cual se tramita el
Concurso Público Externo según Ley Orgánica
5190 y el Reglamento Judicial, para empleados del
Agrupamiento D.3 Porteros, con categoría Auxiliar
Ayudante, en el ámbito de la Segunda Circunscripción
Judicial de la Provincia de Río Negro; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acordada N° 29/17-STJ se
incorporó dentro del Escalafón “D” Servicios Generales
el Agrupamiento D.3 Porteros,
estableciéndose que los agentes pertenecientes al
mismo se regirán, sin perjuicio de lo estatuido por
la Ley N° 5190 y sus normas reglamentarias,
concordantes y complementarias respecto de lo
que no es materia de negociación colectiva según
Ley N° 5009, por la reglamentación que como
Anexo I integra la referida Acordada.
Que en atención a las necesidades del servicio
existentes en la Ciudad Judicial de General Roca,
resulta necesario convocar a la brevedad un concurso
público externo, según lo establecido en la
Ley Orgánica Nº 5190, Acordada N° 29/17-STJ, la
Resolución N° 562/13-STJ y el Reglamento Judicial,
a efectos de contar con una nómina de
postulantes disponibles para incorporar personal
con funciones de porteros en dicha localidad y cubrir
las eventuales vacantes que puedan generarse a futuro
en el escalafón D.3.
Que corresponde asignarle al Área de Gestión
Humana: 1) Administrar el proceso del concurso
en lo referente a establecer bases y condiciones del
mismo, establecer pautas, requisitos y medios de
inscripción, gestionar las notificaciones, elaboración
de actos administrativos del Superior Tribunal
de Justicia y otros aspectos inherentes al concurso.
2) Resolver en primera instancia sobre
presentaciones relacionadas a la inscripción, bases
y condiciones del mismo, admisibilidad al concurso
y otras de índole administrativo.
Que resulta necesario designar los respectivos
Tribunales Examinadores que entenderán específicamente
en lo respectivo a: 1) Establecer temarios;
2) Establecer fechas de exámenes; 3) Elaborar
exámenes y pautas de evaluación de antecedentes;
4) Tomar los exámenes, con la asistencia de las
áreas auxiliares pertinentes. 5) Resolver, en
carácter de primera instancia, específicamente sobre
presentaciones relacionadas a: a) cambios fechas
de exámenes por situaciones particulares del
participante; b) impugnaciones y/o reconsideraciones
sobre exámenes y/o notas otorgadas; c) otras
cuestiones inherentes al proceso evaluatorio.
Que se considera oportuno que el concurso de
ingreso cuente en una primera etapa con la
inscripción, a cargo del Área de Gestión Humana y,
en una segunda etapa, de presentación de documental
y entrevistas de los postulantes con el Tribunal
Examinador que se designe.
Que una vez finalizado el período de inscripción,
y si la cantidad de inscriptos habilitados supera a
los cincuenta (50) postulantes, podrán serán
aplicados en forma integral o parcial los criterios
de preselección establecidos en la Resolución N°
562/13 del Superior Tribunal de Justicia que se
consideren pertinentes y oportunos para el presente
concurso.
Que los postulantes inscriptos que al momento
de convocarse al presente concurso se encuentre
desempeñando funciones en el Poder Judicial de
Río Negro bajo relación de contrato de empleo
público, se incorporarán conjuntamente al primer
grupo resultante del sorteo previsto en la Resolución
N° 562/13- STJ, debiendo cumplimentar y
aprobar en todo caso las distintas etapas evaluatorias
del concurso.
Que en atención a que a través del presente
concurso se incorporará la primer dotación de
agentes con la función de porteros para la ciudad
de General Roca, se considera necesario establecer
como requisito excluyente para participar del
mismo, el contar con una experiencia mínima y
acreditada de cinco (5) años en funciones de portería
y/o seguridad interna de establecimientos
pertenecientes a organización públicas o privadas.
Preferentemente la experiencia exigida debe
haberse adquirido en organizaciones relacionadas
al servicio de justicia.
Que la presente Resolución se dicta en uso de
las atribuciones delegadas por el Art. 3º, inciso a)
de la Acordada N° 13/15.
Por ello,
La Presidencia
del Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE:
Artículo 1º – Llamar a Concurso Público Externo
según Ley Nº 5190, Acordada N° 29/17-STJ, Resolución
N° 562/13-STJ y el Reglamento Judicial,
para empleados del Agrupamiento D.3, Porteros,
con categoría de Auxiliar Ayudante, en el ámbito
de la ciudad de General Roca de la Provincia de Río
Negro, habilitando la inscripción desde el día 18/
12/17 y hasta el 22/12/17 inclusive, el que contará
en una primera etapa con la inscripción, a cargo
del Área de Gestión Humana y, en una segunda
etapa, de presentación de documental y entrevistas
personales a cargo del Tribunal Examinador que
para dichos efectos se designe.
Art. 2º – La inscripción se realizará a través del
sitio oficial del Poder Judicial de Río Negro
www. jusrionegro.gov.ar, según las pautas, bases y
condiciones que determine oportunamente la
Gerencia del Área de Gestión Humana de la
Administración General, en concordancia con lo
establecido por el Reglamento Judicial y la Resolución
N° 562/13-STJ.
Art. 3º – Establecer que los postulantes inscriptos
que al momento de convocarse al presente concurso
se encuentre desempeñando funciones en el
Poder Judicial de Río Negro bajo relación de contrato
de empleo público, se incorporarán conjuntamente
al primer grupo resultante del sorteo previsto en la
Resolución N° 562/13- STJ, debiendo cumplimentar
y aprobar en todo caso las distintas etapas
evaluatorias del concurso.
Art. 4º – Los postulantes deberán cumplir los
siguientes requisitos:
– No tener menos de 18 años y hasta 35 años
inclusive. Quienes tengan pretensión de
postularse y se encuentren afectados por el
límite de edad de 35 años, podrán requerir a
la Administración General del Poder Judicial,
con invocación fundada de poseer
conocimientos, habilidades y/o experiencias
laborales de significativo valor para el Poder
Judicial, se los habilite a participar del concurso,
sujeto a la ulterior ponderación por
parte del Superior Tribunal de Justicia. Junto
con el requerimiento deberán acreditar
fehacientemente la regularidad en el sistema
previsional y que han realizado los aportes
suficientes que le permitan acceder al
beneficio previsional al momento de cumplir
la edad requerida mínima para jubilarse. El
requerimiento debe presentarse al momento
de la inscripción;
– Acreditar, previo al ingreso, aptitud psicofísica
para el cargo a desempeñar mediante
examen médico de salud preocupacional,
expedido por el Cuerpo Médico Forense u
organización pública o privada habilitada a
dichos efectos por la autoridad sanitaria y
bajo la responsabilidad de un médico del
trabajo habilitado ante la autoridad
correspondiente;
– Acreditar buena conducta mediante
certificado expedido por la Policía de Río
Negro al momento de la inscripción y
Certificado de Reincidencia Nacional;
– No encontrarse incurso en las inhabilidades
previstas en el Art. 198 de la Constitución
Provincial, al momento de la inscripción;
– Domicilio preferentemente en el lugar donde
se desempeñará, el cual deberá acreditarse al
momento de la inscripción;
– Título primario o preferentemente secundario
al momento de la inscripción;
– Contar con una experiencia mínima y
acreditada de cinco (5) años en funciones de
portería y/o seguridad interna de establecimientos
pertenecientes a organizaciones
públicas o privadas. Preferentemente la
experiencia exigida debe haberse adquirido en
organizaciones relacionadas al servicio de
justicia.
– Presentar Currículum Vitae actualizado, con
referencias comprobables que guarden
relación con las tareas para las cuales se
postula, al momento de la inscripción.
Art. 5º – Hacer saber que una vez finalizado el
período de inscripción, y si la cantidad de inscriptos
habilitados supera a los cincuenta (50) postulantes,
podrán ser aplicados en forma integral o parcial
los criterios de preselección establecidos en la Resolución
N° 562/13 del Superior Tribunal de Justicia
que se consideren pertinentes y oportunos para el
presente concurso.
Art. 6º – Disponer que el Tribunal Examinador
estará compuesto por el Gerente Administrativo
de la 2da. Circunscripción Judicial, Sr. Claudio
Gatica, el Gerente del Área de Gestión Humana, Cr.
Ezequiel Vinci y el Sr. Juez de Juicio, Dr. Daniel
Tobares, en representación del Tribunal de
Superintendencia General de la 2da. C.J.
Art. 7º – El Área de Gestión Humana entenderá
específicamente en lo respectivo: 1) Administrar
el proceso del concurso en lo referente a establecer
bases y condiciones del mismo, establecer pautas,
requisitos y medios de inscripción, gestionar las
notificaciones, elaboración de actos administrativos
del Superior Tribunal de Justicia y otros aspectos
inherentes al concurso. 2) Resolver en primera
instancia sobre presentaciones relacionadas a la
inscripción, bases y condiciones, admisibilidad al
concurso y otras de índole administrativo.
Art. 8º – El Tribunal Examinador que oportunamente
se designen entenderán específicamente
en lo respectivo a: 1) Establecer fechas de
exámenes. 2) Elaborar pautas de evaluación de
antecedentes. 3) Diseñar y Evaluar la oposición
por antecedentes y entrevistas, con la asistencia
de las áreas auxiliares pertinentes. 4) Resolver, en
carácter instancia, específicamente sobre
presentaciones relacionadas a: a) cambios fechas
exámenes por situaciones particulares del
participante; b) impugnaciones y/o
reconsideraciones sobre exámenes y/o notas
otorgadas; c) otras cuestiones inherentes al proceso
evaluatorio. Se expedirán confeccionando “orden
de mérito” fundado que constará en el Actas labrada
una vez finalizada la evaluación de los postulantes,
de acuerdo los parámetros de puntuación previstos
en la Resolución N° 562/13-STJ.
Art. 9º – Establecer un sistema de evaluación
que se compondrá de las siguientes instancias: 1)
Evaluación de Antecedentes, y; 2) Entrevista personal;
cuyo procedimiento de selección será llevado
adelante íntegramente por el Tribunal Examinador
que se estatuye por el Art. 6° de esta Resolución; el
que otorgará un máximo de cincuenta (50) puntos
en la Evaluación de Antecedentes y un máximo de
cincuenta (50) puntos para la Entrevista Personal.
Integrarán el Orden de Méritos los postulantes que
obtengan un mínimo de setenta (70) puntos.
Art. 10. – La modalidad de difusión y notificación
suficiente por todo concepto, del presente concurso,
será vía web a través del sitio oficial del
Poder Judicial www.jusrionegro.gov.ar y, por las vías
de comunicación que la Gerencia del Área de Gestión
Humana considere oportuno si fuera necesario
informar a los concursantes, según las pautas a
determinar oportunamente por parte de esa
Gerencia.
Art. 11. – Regístrese, comuníquese, tómese
razón, publíquese en el Boletín Oficial, en un diario
de mayor circulación de la Provincia y archívese.
Fdo.: Apcarián, Presidente STJ.- Baroni,
Administrador General del Poder Judicial.