El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro suspendió hasta el año 2020 el otorgamiento de nuevos permisos de pesca industrial en aguas del Golfo San Matías, según consta en la resolución 735, emitida el 26 de octubre y difundida oficialmente ayer jueves pasado. La medida fue anticipada hace poco más de un mes.
Durante la vigencia de la medida solo se permitirá el recambio de embarcaciones que importen una mejora, tanto en las condiciones de manejo de calidad del producto, como en las condiciones de habitabilidad para los trabajadores a bordo, debiendo la embarcación reemplazada abandonar los puertos provinciales en un plazo de cinco días corridos desde la sanción de la correspondiente norma.
Las embarcaciones reemplazantes no podrán superar el límite de los 1.500 cajones de capacidad de bodega y los 800 HP de potencia.
La embarcación reemplazante deberá absorber la tripulación de la embarcación reemplazada, salvo desistimiento expreso de alguno de los tripulantes.
Cuando una embarcación deba permanecer inactiva por reparaciones por un período superior a 30 días corridos, podrá reemplazarse provisoriamente la misma por un tiempo no superior a 12 meses.
Se estableció además que las embarcaciones que realicen actividades de pesca en la reserva pesquera provincial, creada por el artículo 2° de la Ley de Pesca Marítima Q N° 1.960, deberán permanecer en las diferentes pesquerías provinciales un mínimo de cuatro años, no pudiendo en dicho período ser reemplazadas, con excepción de las que al momento de la sanción de la resolución cuenten con permiso de pesca vigente.
Cuando una embarcación reemplazante no cumpliera con el plazo fijado se perderá el permiso de pesca.
A partir del año 2018, las embarcaciones que se dediquen a la pesca en aguas del Golfo San Matías deberán realizar un mínimo de mereas o viajes de pesca dirigidas a especies diferentes al langostino, dentro del año calendario equivalentes a 10 viajes completos, conforme la capacidad en cajones del barco o el límite de 1.500 cajones, conforme la normativa vigente en la materia.
La Subsecretaría de Pesca verificará el cumplimiento de las previsiones en la norma y, en caso de incumplimiento y sin perjuicio de las sanciones que correspondan, suspenderá, con el concurso de la Prefectura Naval Argentina y por un plazo de 60 días corridos, el despacho a la pesca de los buques sobre que se verifique incumplimiento.
Cuando un buque con permiso de pesca provincial realice actividades de zafra fuera de aguas jurisdiccionales rionegrinas, solo podrá volver a faenar en aguas del Golfo San Matías cuando hubiere destinado las capturas realizadas en otras jurisdicciones, a su procesamiento en establecimientos ubicados en territorio provincial.
Se explicó oficialmente que hay en el Golfo San Matías una pesquería de la especie langostino partir de la existencia de poblaciones explotables de la misma, que se desarrollaron durante los últimos cuatro años, experimentando un fuerte crecimiento desde su inicio en el año 2012, con guarismos de captura de 50 toneladas a las 11.000toneladas de la última temporada o zafra.
“No obstante, persisten algunos interrogantes técnicos, en los últimos años se han adquirido conocimiento de gran utilidad para comenzar a regular le pesquería con mayor precisión”.
“Como consecuencia de lo novedoso de la pesquería, y en el marco de la incertidumbre que plantea la falta de conocimiento de algunos parámetros poblacionales, así como de la imposibilidad de evaluar abundancia en este tipo de recursos de ciclo anual, resulta necesario establecer medidas de manejo precautorio para la explotación comercial de la especie acotando la capacidad instalada de extracción”.
“A tal efecto, se considera oportuno no incrementar el número de licencias de pesca industriales para cualquier especie, por un tiempo prudencial que permita conocer la evolución del recurso en las próximas zafras, así como el posible desvío del esfuerzo de pesca de esta a otras pesquerías o especies”.