El 14 de junio de 1973, una pareja habría usurpado un lote de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, ubicado en la intersección de calles Esandi y Santiago de Chile. El municipio ejercía la posesión en forma continua y pacífica del inmueble.
Ahora, la Justicia barilochense confirmó medida de desalojo del predio,
La fiscal Alejandra Bartolomé, quien había formulados cargos por usurpación contra la pareja que se encuentra ocupando un lote de propiedad de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en cercanías a la calle Esandi, participó de una audiencia de impugnación donde se dio tratamiento a la medida de desalojo forzoso solicitada por el Ministerio Publico Fiscal.
En esta audiencia de impugnación realizada a instancias de la defensa pública de los acusados, el Juez de Juicio Gregor Joos confirmó la orden de desalojo ordenada oportunamente por el juez de Garantías. Consideró para ello que se reúnen los requisitos necesarios tales como la verosimilitud y el peligro de la demora y requirió a la
fiscalía que instrumente la medida.
El juez de Garantías Ricardo Calcagno, interviniente en la audiencia llevada a cabo en noviembre, en ese momento dio por formulados los cargos e hizo lugar a la medida que ordenaba el desalojo inmediato. La misma fue impugnada por el defensor oficial Marcos Ciciarello por considerarla una medida gravosa, entendiendo que no estaba “claramente demostrada la modalidad en la que cometieron los hechos”.
El hecho imputado
Se les atribuye a los acusados haber despojado a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche de un lote de su propiedad ubicado en la intersección de calles Esandi y Santiago de Chile de esta ciudad. El Municipio ejercía la posesión en forma continua y pacífica desde el 14 de junio de 1973, estando en la actualidad afectado como espacio
verde.
Los imputados según consta en la denuncia habrían ingresado, cortando el cerco perimetral e invadiendo con clandestinidad el terreno donde construyeron una casilla de madera, constituyendo allí su residencia.
Los hechos enunciados constituyen el delito de usurpación de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 181 del Código Penal.
Homicidio en Roca: Fiscal Giuffrida solicitó penas entre 6 y 16 años
Se realizó la audiencia de imposición de pena para cuatro sujetos implicados en el homicidio de Raúl Moncada, ocurrido en octubre del año pasado en General Roca. La fiscal del caso, Teresa Giuffrida, solicitó penas que van de los 6 a los 16 años.
“Para quien disparó el arma, es decir para el autor del ‘homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal con portación ilegítima de arma de fuego’ solicito 16 años de prisión.
Mientras que para el que traía el arma y la pasó, es decir para uno de los ‘partícipes necesarios’ del mismo delito, pidió 14 años de pena. Para el otro ‘partícipe necesario’, que es quien tomó el arma, 12 años de prisión. Finalmente para el que sacó al autor del lugar del hecho en moto, 6 años”, dijo Giuffrida en sus alegatos.
Agregó que “se tuvo en cuenta para superar los mínimos de pena lo siguiente: el número de intervinientes en el hecho, que fue un grupo de 6 personas y el resultado de la acción, que fueron dos víctimas. Además se suma las circunstancias en las que ocurrió el homicidio: en horas del mediodía y en la vía pública. Como atenuantes tuve presente la falta de antecedentes penales computables de todos”.
La defensa particular expresó que “impugnaremos la decisión de culpabilidad ya que nuestros defendidos son inocentes”. Y más adelante solicitaron para todos sus asistidos el mínimo de pena teniendo en cuenta la edad de uno de ellos, de otro que se encuentra trabajando y tiene a su cargo a su madre, y de otro porque tiene estudios secundarios terminados y trabajo estable.
Respecto del hecho ocurrió el 7 de octubre de 2016 al mediodía en la calle, cuando el hermano del fallecido regresaba junto a su hijo menor y otro hermano de 16 años a su casa y se cruzó con los acusados quienes “por problemas que vienen de hace tiempo, comenzaron a increparlo, siguiéndolo”.
Luego se sumaron a ese grupo tres personas más, y comenzaron a acercarse arrojando piedras con gomeras y esgrimiendo dos machetes. Los dos hermanos mayores respondieron con piedras para “que desistieran y no avanzaran hacia la casa de su madre, mientras del otro grupo avanzaban tres por cada lado arrojando piedras”, relata la acusación fiscal.
En ese momento, uno de los imputados que portaba ilegítimamente un arma de fuego se la pasó a otro de los implicados quien como tenía una gomera y estaba arrojando piedras se la entregó a un tercero, que “desde una distancia no mayor a cinco metros efectuó disparos hacia donde estaban los hermanos impactando en uno de ellos, quien cayó al suelo”.
El proyectil ingresó por la región frontal izquierda con una trayectoria dentro de la cavidad craneana de izquierda a derecha, de adelante hacia atrás y muy levemente de abajo hacia arriba, provocando lesiones y hemorragias cerebrales severas que ocasionaron el deceso ese mismo día. Luego, el grupo agresor se retiró arrojando piedras mientras quien había disparado huyó del lugar ayudado por otro en moto.
En octubre pasado la fiscalía solicitó la prórroga de prisión preventiva para el autor del hecho, único detenido, y el juez Julio Martínez Vivot resolvió fijarla en 4 meses.
Tres hombres irán a juicio oral por un intento de homicidio en Allen
La jueza del Foro de Roca Verónica Rodríguez admitió la acusación y dispuso la apertura a juicio en el caso que tiene a tres hombres acusados por un intento de homicidio ocurrido en Allen la tarde del 6 de marzo de 2016.
En la audiencia oral y pública realizada el lunes el fiscal Luciano Garrido y el abogado por la parte querellante, Juan Luis Vincenty, sostuvieron la acusación respecto de los imputados Juan Pablo Garrido (29 años), Cristian Romero (31) y Fernando Romero (30) por un hecho registrado en inmediaciones de las calles Bolivia y Nicolás Tarifa cuando los tres acusados, acompañados por otras personas que no fueron hasta ahora identificadas, habrían atacado a la víctima E.E.J “con intención de darle muerte”.
De acuerdo con la acusación, “lo interceptaron y le propinaron golpes y patadas en el cuerpo hasta que el mismo quedó tirado en el suelo”, luego lo arrastraron hasta el medio de la calle, donde lo hicieron arrodillar. En ese contexto uno de los imputados, “quién portaba un arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal, le efectuó un disparo en la cabeza”. El proyectil ingresó en la zona occipital del cráneo de la víctima y tuvo orificio de salida por la zona maxilar.
La acusación respecto de los tres hombres fue por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por haber sido cometido con alevosía, todo en grado de tentativa, en concurso real con portación ilegal de arma de fuego de uso civil”.
El juicio oral y público, cuya fecha será definida por la Oficina Judicial, se realizará ante un Tribunal Colegiado, debido a que la Fiscalía anticipó que llegado el momento procesal correspondiente solicitará una pena mayor a los 3 años de prisión. De acuerdo con las pautas del nuevo Código Procesal Penal, los delitos cuya pretensión punitiva sea inferior a tres años de prisión deben ser juzgados por un Tribunal Unipersonal, mientras que corresponde a los Tribunales Colegiados el juzgamiento de los delitos más graves.
En la misma audiencia todas las partes ofrecieron la prueba testimonial, pericial y demás evidencia que van a producir y exponer en la audiencia de debate.
Por otra parte, el abogado particular Claudio Romero, defensor de los imputados Garrido y Cristian Romero, formuló un planteo de nulidad que fue rechazado por la jueza, mientras que los abogados Oscar Pineda y Pablo Iribarren, defensores del imputado Fernando Romero, plantearon su disidencia en cuanto a la calificación legal dada a los hechos, anticipando que discutirá el punto en la etapa de juicio oral.