La Cámara de Apelaciones en lo Civil de General Roca aumentó la indemnización que deberá pagar una empresa de artículos para el hogar a una familia que compró una computadora y “vio vulnerados sus derechos del consumidor por las fallas del equipo y la posterior indiferencia de la firma”.
Los afectados interpusieron la demanda en febrero pasado y una sentencia del Juzgado Civil de primera instancia Nº 5 de General Roca admitió parcialmente el reclamo, condenado a la empresa Frávega.
Los compradores de la PC apelaron la sentencia por considerar insuficiente la indemnización y en la segunda instancia la Cámara elevó el resarcimiento por daño moral de 8.000 a 25.000 pesos y el daño punitivo de 30.000 a 56.000 pesos. Además, fijó el daño material por la pérdida y privación de la computadora en la suma de 10.000 pesos.
La nueva condena contra la cadena Frávega fue elevada a 91.000 pesos, más los intereses.
Según consignó un parte judicial, el voto rector del camarista Gustavo Martínez tuvo la adhesión de su par Víctor Soto. La sentencia analizó los argumentos de los damnificados y resolvió también sobre la base del silencio de la empresa, que nunca se presentó al juicio. Esa “absoluta indiferencia frente a los múltiples reclamos realizados en todas las instancias” le valió a la firma la aplicación de la máxima condena solicitada por los consumidores en el rubro “daño punitivo”.
“La falta de contestación de la demanda por la empresa conlleva mucho más que la presunción de verdad de los hechos lícitos afirmados por el consumidor en aquélla. Hay un deber de colaboración de las empresas con el esclarecimiento de la verdad que surge claramente del artículo 53 de la ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor) y que la jurisdicción no puede soslayar”, sostuvo el fallo.
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