La iniciativa regula el uso de la vía pública y es de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la vía pública y a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, con causa del tránsito. Quedan excluidos los ferrocarriles.
Con la ley del Poder Ejecutivo, se crea el Observatorio de Seguridad Vial, que se encargará de la aplicación de las medidas señaladas anteriormente.
La legisladora Tania Lastra argumentó que “la presentación busca unificar la normativa legal en materia de circulación de personas y vehículos, crear el Consejo de Seguridad Vial -con participación plural y con asambleas permanentes-, y establecer actores y roles en materia de contralor y potestad sancionatoria”.
Lastra informó que la Agencia de Seguridad Vial tendrá rango de ley y procurará con medidas de promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, reducir la tasa de siniestralidad que tiene la Provincia.
Por su parte, el legislador Mario Sabbatella expresó su voto favorable en general, pero rechazó el artículo 27, referido al uso de la bicicleta, ya que “el tema merece un tratamiento más especializado”.
Con la reforma, se crea el Registro de Antecedentes de Tránsito de la provincia, en el cual quedará constancia de las actas de comprobación e infracción, los datos personales de los infractores, las sanciones y las resoluciones de los órganos de juzgamiento, así como también el intercambio de información con el sistema nacional de antecedentes de tránsito.
FUENTE: TEXTO Y FOTO PRENSA DE LEGISLATURA