Consiste en un monto fijo de $6.000 para cubrir gastos de sepelio. Se puede solicitar dentro del plazo de un año apartir de la fecha de defunción. |
Se explicó que la ANSES otorga el subsidio de contención familiar ante el fallecimiento de un jubilado o pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), sea residente en el país o en el exterior, que consta de una suma fija de $6.000.
Para acceder al cobro, la solicitud debe realizarse dentro del plazo de un año a partir de la fecha de defunción del titular y teniendo en cuenta el siguiente orden de prioridad: Persona física: debe haber denunciado el fallecimiento y acreditado el pago del sepelio/cremación del jubilado o pensionado a través de la factura de la empresa funeraria a su nombre, la cual certifica que el solicitante abonó la cobertura en forma directa. Derechohabiente previsional: el monto es abonado junto con el beneficio de pensión sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. En caso de coparticipación, es decir, cuando exista más de una persona con derecho al cobro de la pensión, el pago se liquidará en forma proporcional. Herederos: accederán al subsidio si no se presentaron las personas físicas o familiares con derecho a pensión indicados en los puntos 1 y 2. Documentación a presentar •Del titular fallecido: original y fotocopia de la partida de defunción. •Del solicitante: original y fotocopia del DNI; en caso de herederos, la documentación detallada en www.anses.gob.ar, categoría Viudez y Fallecimiento – Subsidio de Contención Familiar. •Factura extendida por la empresa de servicios fúnebres a nombre del solicitante (original y fotocopia). Tramitación El titular puede adelantar el trámite, cargando todos los datos en www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos / Mi ANSES, con la Clave de Seguridad Social. Si no la posee, puede generarla y habilitarla desde el mismo sitio web. Luego, deberá presentarse en las oficinas de la ANSES, previo turno en el 130, o bien, desde www.anses.gob.ar, sección Accesos Rápidos, Turnos / Sacar Turno / Trámites Jubilados y Pensionados / Subsidio de Contención Familiar. Allí, deberá ingresar el CUIL del solicitante y el del jubilado o pensionado. Se debe tener en cuenta que no está contemplada la cesión de derecho a otra persona para gestionarlo y/o cobrarlo. Solo se tramitarán hasta un máximo de tres subsidios por solicitante (persona física).
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