El 7 de junio en Bariloche se realizará el juicio a una abogada local por presunto incumplimiento de deberes de funcionario público y abuso de autoridad.
Una Fiscalía imputó a Mariela Taboada el hecho ocurrido el 20 de mayo 2015, a las 9,00, en la sede del Juzgado de Instrucción N° 2 de Bariloche.
En esa circunstancia, la abogada en su carácter de funcionaria -secretaria- recibió a una menor de 15 años, quien debía prestar declaración bajo el sistema de Cámara Gesell en una causa por homicidio agravado.
“En esa oportunidad, la doctora Taboada interrogó a la niña con interés de obtener información de relevancia, de manera insistente, mortificando a la misma, sobre la causa mencionada y sobre otra causa en la que se investigaba el homicidio de otro hombre. La niña, mortificada, manifestó a su abuela que no vendría más. De esta manera, señaló la Fiscalía, la doctora Taboada abusó de su poder y no cumplió con sus deberes, toda vez que la norma impide a funcionarios, policiales y judiciales entrevistar de manera personal, directa a menores de 18 años de edad”.
Se encuadró la conducta como “incumplimiento de deberes de funcionario público y abuso de autoridad” con la pretensión punitiva en seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación por el doble.
El juez viedmense de juicio Carlos Mussi no hizo lugar a la queja presentada por “denegación de recurso” presentado por la defensa de la abogada Mariela Taboda en el marco de la tramitación de la causa iniciada por incumplimiento de deberes de funcionario público y abuso de autoridad. La resolución señala que no ha caducado la instancia. De esta manera, se ha ratificado la apertura a juicio que dispuso el juez de juicio Gaimaro Pozzi, el que se realizará el próximo 7 de junio, confirmaron fuentes judiciales.
En una reciente audiencia, a través de video conferencia el juez Mussi, de Viedma, escuchó en primer lugar al defensor particular Emiliano Gallego, a la propia imputada y a la fiscal Alejandra Bartolomé.
“En lo sustancial, la defensa planteó la caducidad de instancia al no haberse cumplido los plazos procesales previstos en el marco del recurso de queja por impugnación presentado y el que fuera denegado por el juez Marcelo Barrutia”.
La fiscal Alejandra Bartolomé señaló que los términos a los que se refiere la defensa son ordenatorios y no fatales. En este sentido, aclaró que los plazos y las fechas de las distintas audiencias son facultad de la Oficina Judicial, y en estas actuaciones existió alguna demora toda vez que se han producido excusaciones y será un juez de General Roca quien intervendrá en el juicio.
Agregó que el máximo plazo que otorga en la tramitación de una causa el nuevo Código Penal es de tres años y esta causa desde su readecuación ha tramitado con una celeridad importante.