Los procesos se siguen en Bariloche y Cipolletti
El Tribunal integrado por los jueces barilochenses Juan Lagomarsino, Marina Vernerandi y Alejandra Paolino comenzó ayer –y hoy continúa- la audiencia oral y pública del segundo juicio por el homicidio del que resultó víctima Carlos Castillo, abogado y empleado judicial, hecho que ocurrió el 5 de junio de 2010 en el barrio “El Milgaro” Dina Huapi, a las 21,30.
En esa oportunidad, Castillo persiguió a un individuo que había ingresado a la despensa de su madre y había intentado asaltarla. Castillo falleció, días después, a raíz del impacto de bala que recibiera en la cabeza.
El único imputado que tuvo esta causa y a quien nuevamente se juzga a partir de la fecha, es Néstor Omar Quintero, argentino, mayor de edad, quien fuera fue absuelto por la Cámara Primera del Crimen , en el marco del proceso y luego de la realización del juicio el 28 de marzo de 2012 por el beneficio de la duda.
No obstante, el 20 de diciembre de 2012 el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro anuló la sentencia y ordenó que sea juzgado por otros jueces. La defensora oficial María Rita Custet Llambí promovió un recurso de queja para que la Corte Suprema revisara el fallo del STJ, recurso que fue declarado inadmisible por el máximo tribunal en fecha 22 de Abril de 2014.
En fechas posteriores también fueron resueltas otras cuestiones, por caso, la integración del tribunal.
Primera jornada del juicio
Son parte en este proceso los fiscales Martín Lozada y Eduardo Fernández , el representante de la querella Raúl Ochoa, y el defensor oficial Juan Pablo Laurence.
En el inicio del juicio, el defensor Laurence realizó una serie de planteos preliminares que incluyeron la necesidad de incorporar testimonios, además planteó que Quintero es sometido a un doble juzgamiento (Non Bis in Idem) y señaló además, que la proyección de videos no garantiza la oralidad.
Por su parte, el fiscal Martín Lozada se opuso a estos planteos y mencionó que se ha intentado demorar “de un modo escandaloso” este juicio desde Junio de 2010. “…La sociedad de Bariloche y la familia de Carlos Castillo merecen una respuesta..” destacó.
Desde el punto de vista técnico Lozada contestó cada uno de los planteos a saber: en relación a la conformación del Tribunal consideró que es un tema precluido toda vez que el STJ se expidió al respecto, con denegación incluso de un recurso extraordinario federal. Tampoco procede la violación de la garantía prevista en el “Non Bis in idem” , dijo Lozada.
Por su parte el fiscal Fernández destacó, y en relación a la prueba, recordó que el fallo del STJ señaló en el fallo que anula la sentencia de la Cámara Primera y habilita este nuevo juicio, que “tiene plena validez toda la prueba producida en el juicio” . En consecuencia no se afecta la garantía de la defensa.
El querellante Raúl Ochoa adhirió a los fundamentos de los representantes del Ministerio Público, coincidiendo en que la defensa se ha ensañado en las distintas etapas, en buscar dilaciones.
Luego de la deliberación, el Tribunal resolvió rechazar los planteos ya que todos ellos han sido oportunamente resueltos.
De manera inmediata posterior prestó declaración Néstor Quintero quien reiteró, entre otros conceptos, ante el Tribunal, su inocencia y denunció persecución policial y judicial.
Previo a finalizar la primera jornada se escucharon los testimonios, a través de los videos correspondientes a la audiencia de juicio realizada en el año 2012, el de Nilda Paletta, el testimonio de la joven que era novia de Carlos Castillo, y los de un hombre y su hija quienes viajaron en el colectivo y pudieron observar al imputado que viajaba en el mismo y que bajó en la zona donde ocurrió el hecho.
Juicio por asociación ilícita en Cipolletti: se definió el cronograma de audiencias
La Oficina Judicial de Cipolletti definió las fechas para las audiencias en la causa Forno José Eligio y Otros s/ Asociación Ilícita. Dispuso además toda la logística para llevar adelante un cronograma tentativo de 28 audiencias entre el 1 de octubre y el 14 de diciembre.
La logística incluye el personal afectado a la realización del debate, citación de imputados, traslado de detenidos, atención a las partes y todo lo que hace a la videograbación del proceso.
El Tribunal está presidido por la jueza Alejandra Berenguer e integrado por los jueces Laura González Vitale y Marcelo Gómez, todos magistrados del Foro de Jueces de la ciudad de Cipolletti.
En función de la complejidad del caso, con la finalidad de garantizar la efectiva realización del juicio y dentro de las facultades del artículo 172 del Código Procesal Penal, la jueza Alejandra Berenguer dispuso la designación de jueces, fiscales , querellantes y defensores suplentes.
Dentro de este cronograma tentativo se va a realizar el juicio de responsabilidad, tal como lo establece el nuevo código de procedimientos. Como el proceso es contradictorio, que es uno de los principios de la litigación, durante el desarrollo del debate pueden suscitarse cuestiones que influyan en la programación y duración de las audiencias.
Superado el juicio de responsabilidad, en el caso de que los imputados sean hallados culpables de los delitos por los que fueron acusados, se deberá fijar un segundo juicio que es el de cesura para la imposición de la pena, previo control de admisibilidad de los testigos propuestos para esa segunda etapa. Por todos estos plazos legales no es posible preveer la fecha de finalización del juicio y dictado de sentencia .
El caso llevado a juicio comprende 18 hechos delictivos, la mayoría robos calificados, 19 personas acusadas, 8 defensores, un querellante que representa los intereses de 6 denunciantes y 4 fiscales.
Los hechos delictivos se sucedieron en el 2015 y 2016 y fueron investigados con el anterior código procesal que cambió el 1 de agosto de 2017. En función de ello, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 167 estableció que las causas que estaban en trámite en los juzgados de instrucción con el anterior código debían continuar en la Fiscalía para comenzar a regirse con la nueva ley procesal.
En ese momento, la fiscalía y la querella solicitaron un plazo para producir prueba y culminar la investigación preparatoria. Un juez de juicio le otorgó el plazo único de 18 meses. Transcurrido ese periodo se realizó el control de acusación y finalmente se confirmó el cronograma para llevar adelante el juicio de responsabilidad.