El juez viedmense de ejecución subrogante Ignacio Gandolfi resolvió denegar la incorporación al régimen de salidas laborales al abogado local José Juan Aguirre, condenado en junio del 2017 a cuatro años de prisión efectiva por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de “corrupción de menores en concurso ideal con facilitación de la prostitución.
En la audiencia judicial de hoy estuvo presente el fiscal Juan Pedro Peralta y el abogado defensor del imputado.
La propuesta de la defensa para que sea incorporado al régimen de salidas laborales se basaba en que el imputado prestara servicios como empleado administrativo en el estudio jurídico de un familiar.
El juez tomó como fundamentos para su resolución lo descripto en el dictamen del Cuerpo Médico Forense que identificaba las salidas laborales como un riesgo hacia terceros y que consideraba que el imputado no era merecedor de dicho beneficio en esta instancia. Y por otra parte desestimó el dictamen favorable del Consejo Correccional, del director y del equipo para tratamiento de ofensores sexuales del complejo penal.
“Por otro lado, es sabido que los derechos de la víctima en el sistema acusatorio tienen un rol preponderante, por ello el juez la escuchó y manifestó no estar de acuerdo con dichas salidas”.
Formulan cargos por abuso sexual simple. El hecho ocurrió en el interior de un colectivo.
El juez barilochense de garantías Ricardo Calcagno tuvo por formulado cargos por abuso sexual simple luego de escuchar en audiencia oral al fiscal Tomás Soto y al defensor oficial Juan Pablo Laurence. Dispuso dos meses para completar la investigación preliminar.
En la audiencia oral, realizada hoy, la Fiscalía formuló cargos a un sujeto por el hecho ocurrido el pasado 8 de setiembre, aproximadamente a las 19,20, en el interior del colectivo 51 de la empresa “Amancay SRL”.
En esa ocasión y cuando el colectivo se dirigía en dirección Este-Oeste, en inmediaciones del kilómetro 5 de la avenida de Los Pioneros, el individuo imputado, procedió a realizar tocamientos inapropiados a una niña de 14 años que iba sentada en la parte de atrás del micro.
Ante esta situación, la niña dio aviso al chofer que de manera inmediata lo condujo a la Comisaría donde quedó detenido.
Los elementos probatorios que avalaron esta formulación de cargos la constituyen la denuncia que formalizara el padre de la niña, el testimonio del chófer y las distintas actuaciones realizadas por el personal policial que intervino. El fiscal Soto calificó el accionar como abuso sexual simple.
El imputado dijo que al momento del hecho se encontraba en estado de ebriedad y no recordar nada de lo sucedido. Fue asistido por el defensor oficial, quien no tuvo objeciones a la formulación y al plazo concedido para completar la investigación.