El fiscal de turno Sergio Pichetto y la fiscal del caso Betiana Cendón (ambos de Bariloche) ordenaron diversas medidas en el marco de la investigación de un hecho que ocurrió en la madrugada de hoy, alrededor de las 2:00, en el barrio Nahuel Hue de la ciudad, donde resultó víctima fatal una mujer, producto de una herida causada por arma blanca.
Ambos fiscales se hicieron presente en el lugar de los hechos junto a los fiscales adjuntos Marcos Sosa Lukman y Gerardo Miranda, donde dispusieron se lleven a cabo algunas acciones con el objetivo de obtener información pertinente a la causa.
La fiscal Betiana Cendón, de la Unidad de Homicidios y Delitos contra las personas, asumió la investigación del hecho. En ese marco ordenó diversas medidas, para dar con el paradero de una pareja, quienes estarían sospechados de la autoría del mismo.
Dispuso la realización de la autopsia por el Cuerpo Médico Forense, se tomaron declaraciones testimoniales, entre otras; las que continuarán en el día de hoy.
Desde el Ministerio Público Fiscal se reconoce la tarea desplegada por la Cuerpo de Investigaciones de la Policía de Río Negro, Personal de la Comisaría 28, Personal de la Regional Tercera, Criminalística de la Policía Río Negro y Unidad Operativa del Ministerio Público Fiscal.
Violencia de género: Declararon culpable a sujeto por lesiones leves calificadas
Declararon culpable a un individuo, imputado por lesiones leves calificadas por el vínculo y por el contexto de violencia de género, cometidas en perjuicio de quien era su pareja. En la jornada de clausura del juicio oral llevada a cabo días atrás, así lo solicitó el fiscal Tomás Soto en función de la prueba presentada en el desarrollo del juicio.
Se le atribuye al imputado, quien se desempeña como integrante de una fuerza de seguridad; el hecho ocurrido el 18 de marzo de 2016, pasado el mediodía en la vivienda familiar; cuando agredió a su ex pareja, mediante golpes de puño en la espalda y en la nuca, ocasionándole lesiones. Estas agresiones se dieron en un contexto de violencia de género ya que ambos mantenían una relación de pareja.
Los hechos descriptos en la acusación constituyen el delito de delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y en contexto de violencia de género, de acuerdo con los artículos 45, 89, 92 en función de la remisión al artículo 80 inciso 1 del Código Penal, todo ello en calidad de autor.
Al momento de formular los alegatos el representante del Ministerio Público Fiscal, subrayó que la prueba presentada en este juicio, descarta dudas en cuanto a la responsabilidad del acusado en la comisión del hecho.
“De acuerdo a la normativa nacional e internacional que ordena nuestro trabajo, la violencia contra la mujer debe ser interpretada como constitutiva de “una violación de los derechos humanos y libertades individuales” de las mujeres, expresó el fiscal al momento de formular sus alegatos y descartar la teoría del caso sostenida por la defensa particular del acusado.
Durante el desarrollo del juicio, pudo escucharse el relato de diversos testigos. Brindó testimonio la propia víctima quien expresó que “hubo episodios anteriores, cuyas denuncias retiró en función de cuidar el trabajo del imputado”. Hicieron lo propio la responsable de un abordaje interdisciplinario en la fuerza donde el acusado desempeñaba sus funciones, el Médico Forense que constató sus lesiones y un colega generalista del Hospital Zonal.
Por último, pudo escucharse a el testimonio de dos psicólogas del Ministerio de Desarrollo Social quienes asistieron a la víctima desde el año 2015 y dan cuenta de otras situaciones de maltrato.
El juez de juicio, Marcos Burgos dio a conocer la sentencia en la que declara culpable al imputado del delito que se le atribuye. Valoró para ello entre varios argumentos, la declaración de la propia víctima, que la prueba presentada en el marco del juicio es conteste con lo formulado y de modo independiente dan certidumbre a lo referido por ella.
Foto difundida por el Poder Judicial de Río Negro