El fiscal Martín Govetto de la Unidad de Delitos contra las Personas, de Bariloche, en el marco de un acuerdo pleno con la defensa del imputado, solicitó se condene a un sujeto por dos hechos de abuso sexual simple (tocamientos) cometidos en contra de una niña de 13 años. Finalmente, fue condenado en carácter de autor del delito de abuso sexual simple reiterado en dos oportunidades a un año y seis meses de prisión de ejecución en suspenso.
El planteo fue llevado a cabo con la adhesión de los padres de la menor, constituidos en querellantes, quienes se encontraban presentes en la audiencia representados por su abogada patrocinante.
Se le adjudican al imputado dos hechos sucedidos entre mediados de diciembre de 2017 y febrero de 2018, cuando produjo tocamientos de manera sorpresiva, aprovechando la situación en que la niña lo saludaba con un beso, dado que era su profesor particular de un instrumento musical.
Uno de ellos se produjo en el marco de un espectáculo y el otro en el espacio de la clase propiamente dicho. Ambos constituyen el delito de abuso sexual simple, de acuerdo a lo normado en el artículo 119 y 45 del Código Penal.
El imputado, asistido por un defensor particular, se expresó consintiendo el acuerdo propuesto por todas las partes intervinientes, asumiendo la comisión de los hechos y su participación en ellos. De la misma forma se manifestó acerca de la calificación y el monto impuesto de pena.
El juez de juicio, Marcos Burgos, aceptó lo propuesto en el marco de la figura del acuerdo pleno, en el marco de lo normado en el artículo 212 del Código Procesal Penal y dictó la sentencia que homologa lo expuesto. En consecuencia, el individuo fue condenado en carácter de autor del delito de abuso sexual simple reiterado en dos oportunidades a un año y seis meses de prisión de ejecución en suspenso.
Impuso el magistrado pautas de comportamiento por el término de dos años, tales como someterse al Patronato de Presos y Liberados de la provincia donde reside en la actualidad, una prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio con la víctima y su entorno familiar y ordenó además se informe al ReProCoIns (Registro Provincial de Condenados por Delitos de Integridad Sexual) de esta sentencia.