Dos casos: Imputada por defraudar con tarjetas de crédito. Pagarán a cliente por “error” de un banco

 Una mujer fue imputada en Bariloche por el delito de defraudación con tarjetas de crédito, que fueron sustraídas y utilizadas para la realización de compras en diferentes locales comerciales de esa ciudad. 

En una audiencia llevada a cabo el miércoles el fiscal adjunto Gerardo Miranda relató lo sucedido el día el 9 de octubre de 2019, cuando la denunciante ingresó a su lugar de trabajo, un establecimiento educativo, y momentos después recibió un mensaje de aviso de Mercado Pago. 

Dicho mensaje consistía un aviso de compra, lo cual le llamó la atención porque no había realizado ninguna. Al revisar sus pertenencias se dio cuenta que  su tarjeta de débito fue sustraída, por lo cual inmediatamente se comunicó con la entidad bancaria y procedió a dar de baja la misma. Al día siguiente en esa entidad se le informó su resumen con alrededor de nueve transacciones bancarias.

El representante del Ministerio Público Fiscal agregó que desde un primer momento se está trabajando en la búsqueda formas de solución alternativa al conflicto, de acuerdo a lo que prevé el Código Procesal de la Provincia de Río Negro. El abogado por la querella, en representación de la víctima, adhirió a la formulación de cargos.

La imputada, quien no brindó declaración alguna en esta instancia procesal, fue asistida por dos defensores particulares, quienes no expresaron nada en contrario a la formulación de cargos ni al plazo solicitado. 

El juez de Garantías Sergio Pichetto tuvo por formulados los cargos por el delito de defraudación de acuerdo a lo normado en el artículo 173 inciso 15 del Código Penal y otorgó cuatro meses para llevar adelante la investigación preliminar o la posibilidad de arribar a una solución alternativa al conflicto.

Indemnizan a cliente que no pudo acceder a préstamo porque el banco lo tenía equivocadamente con calificación negativa

Un cliente de una entidad bancaria de Cipolletti promovió una demanda ya que por una información errónea figuraba con una calificación negativa en la base de datos y eso le impidió tomar un crédito. Ahora tendrán que indemnizarlo por la suma de 8 mil pesos en concepto de daño moral y daño punitivo.

La situación crediticia ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) era la de “seguimiento especial riesgo bajo” y eso se debía a un estado de mora inexistente, según probó el cliente. El hombre adujo que posee cuentas sueldo ante en el Banco Patagonia y que está adherido al debito automático. En consecuencia, “cada vez que se le acredita el salario es el mismo banco el que le hace el descuento automático”. Por ello, aseguró que era improbable atrasarse en sus pagos.

A raíz de la supuesta mora, el BCRA lo calificó de manera negativa bajo la “situación 2”. En consecuencia cuando se encontraba tramitando un crédito ante otra entidad se lo negaron debido a esa condición.

La demanda se presentó en el Juzgado de Paz de Cipolletti bajo el mecanismo de menor cuantía y la jueza Gabriela Lapuente resolvió condenar al Banco Patagonia a pagarle al cliente la suma de 8 mil pesos, que incluyó el daño moral (3 mil pesos) y daño punitivo (5 mil).

Dice la sentencia: “En el caso la demandada ha informado indebidamente una situación crediticia y dicha circunstancia continuó al menos hasta la fecha del informe presentado por el actor hasta el mes de octubre de 2.019 aún ante los reclamos que el mismo realizó, habiéndose probado el trámite ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor). Estos es, la demandada tiene conocimiento de la situación, como mínimo, desde el mes de noviembre del año 2.018, lo cual posee, a mi criterio, una entidad suficientemente grave”.

Menor cuantía

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

Fuente: Comunicados del Poder Judicial de Río Negro

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