La presidencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro suspendió nombramientos de funcionarios y empleados de planta con cargos que no se encuentren vacantes por jubilación, traslados y reestructuraciones en curso de implementación, renuncias o ascensos. La medida rige hasta la finalización del ejercicio presupuestario o nueva disposición del Superior Tribunal de Justicia, lo que ocurra primero.
También quedo suspendida la autorización de horas extraordinarias por fuera del cupo mensual y anual reglamentario.
Además, estableció que los llamados a concursos en trámite continuarán según su estado, quedando en suspenso el acto de designación.
A continuación la resolución en forma textual
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
Resolución Nº 800/2023-STJ Viedma, 26 de Septiembre de 2023.
Visto: Los informes evacuados por el Sr. Contador General y la Sra. Administradora General que dan cuenta del estado de ejecución de gastos del presente ejercicio, en lo que atañe a erogaciones de salarios y remuneraciones como a gastos de funcionamiento del servicio de administración de Justicia y; CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adoptar, en mayor medida, la política de austeridad que caracteriza la gestión del Poder Judicial a los fines de garantizar el cumplimiento de las obligaciones pendientes en lo que queda del presente ejercicio presupuestario.
Que con tal objetivo y real ajuste a las posibilidades financieras que se presentan diariamente, como las que corresponde proyectar hasta la finalización del ejercicio en curso, sin resignar la potestad establecida en el artículo 224 de la Constitución Provincial, deviene conveniente instruir a la Contaduría General y a la Administración General respecto de pautas a seguir en la autorización de gastos.
Por ello y en virtud a lo establecido en el artículo 44 incisos b) y k) de la Ley K 5190,
La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia RESUELVE:
Artículo 1°.- Suspender designaciones de titulares de la magistratura, del funcionariado judicial, de ley y demás agentes de planta, relacionados con cargos que no se encuentren vacantes por jubilación, traslados y reestructuraciones en curso de implementación, renuncia o ascensos; hasta la finalización del ejercicio presupuestario o nueva disposición del Superior Tribunal de Justicia, lo que ocurra primero.
Artículo 2°.- Establecer que los llamados a concursos en trámite continuarán según su estado, quedando en suspenso el acto de designación.
Artículo 3°.- Determinar que toda comisión de servicios solicitada por la magistratura y el funcionariado que amerite urgencia solo debe ser tramitada mediante reintegro de gastos, autorizando la estadía en hotelería que no supere las tres (3) estrellas. En caso que la persona comisionada decidiese alojarse en sitio con costo equivalente a cuatro (4) estrellas o superior, debe abonar de su propio peculio y sin derecho a reintegro, la diferencia económica que exista entre el costo elegido y el valor que resulte de la asignación dada según el párrafo primero del presente artículo. Igual temperamento se debe adoptar en casos en que la comisión de servicios sea dispuesta de oficio.
Artículo 4°.- Disponer para las comisiones de servicios generadas para concurrir a Foros y otras actividades del Poder Judicial, idéntico parámetro al señalado en el artículo precedente, restringiendo la asignación de concurrencia al personal más calificado en la actividad a desarrollarse.
Artículo 5°.- Suspender la autorización de horas extraordinarias por fuera del cupo mensual y anual reglamentario. Las que tampoco pueden ser prestadas durante sábados, domingos, días feriados o no laborables, con excepción de las que fueren necesarias para transitar los comicios pendientes.
Artículo 6°.- Poner a consideración del Superior Tribunal de Justicia en el próximo Acuerdo Ordinario Institucional y Administrativo en los términos del inciso k del artículo 44 de la Ley Orgánica K 5190.
Artículo 7°.- Registrar, notificar al Sr. Procurador General, al Consejo de la Magistratura, a la Contaduría General y Administración General, y oportunamente archivar. Firmado: Liliana Laura Piccinini – Presidenta del Superior Tribunal de Justicia.- Ante Mí: Laura D. Zappala Cailotto – Administradora General Subrogante.-
Foto ilustrativa