Río Negro: Fijan cuota alimentaria provisoria para mujer embarazada. Sufrió violencia

 

Una mujer de Cipolletti que se encuentra con un embarazo avanzado requirió una cuota alimentaria para afrontar los gastos médicos. Durante el proceso judicial consignó que se alejó de su pareja por episodios de violencia y que él no le hizo más aportes económicos. El fallo judicial hizo lugar a su pedido y, como medida cautelar, fijó un periodo de cobertura de 90 días posteriores al nacimiento.La mujer explicó que, tras una relación intermitente de seis años, quedó embarazada en 2023. Según su relato, aunque al principio el padre demandado mostró interés, eventualmente dejó de brindarle apoyo económico y emocional. Además de los episodios de violencia que refirió, ella sostuvo que él comenzó a mandarle mensajes en donde decía que no estaba seguro del embarazo.

La futura mamá afirmó que enfrenta dificultades económicas y ha asumido sola los gastos del embarazo.

El sujeto, por su parte, reconoció la relación y la convivencia, aunque difirió en algunos detalles temporales. También ofreció una cuota alimentaria equivalente al 7 por ciento de sus ingresos hasta el nacimiento de la hija, propuesta que fue rechazada por la ex pareja.

La jueza de Familia de Cipolletti resolvió que el individuo demandado debe pagar una cuota alimentaria equivalente al 15 por ciento de sus haberes, deducidos únicamente los descuentos de ley, viandas y viáticos. Esta cuota tendrá efecto retroactivo desde la fecha de la notificación del requerimiento de mediación prejudicial, el 22 de febrero de 2024.

Además, la sentencia estableció que la cuota alimentaria continuará de manera cautelar por 90 días tras el nacimiento de la niña. Durante este período, las partes deberán instar las acciones correspondientes en torno a la filiación y la cuota alimentaria definitiva.

La jueza también ordenó notificar a la empleadora del demandado para que realice las retenciones correspondientes de los haberes y las deposite en la cuenta judicial del caso.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

 

Otro caso judicial

 

La hija comenzó la universidad y el padre ausente deberá pagar más cuota alimentaria

El padre de una adolescente que comenzó la universidad deberá pagar una cuota alimentaria más alta a raíz de los nuevos y mayores gastos que implica el proyecto de vida de la joven.

Una sentencia de primera instancia había condenado al progenitor a abonar mensualmente un piso del 30 por ciento del salario mínimo vital y móvil. La madre de la adolescente, quien ejerce en forma exclusiva las tareas de cuidado, apeló esa decisión. La Cámara Civil de Roca le dio la razón y elevó el piso de la cuota al 70 por ciento del salario mínimo. El nuevo monto, según el fallo, sí resultaría “suficiente para atender las necesidades de la joven quien, más allá de haber cumplido los 18 años, se encuentra inscripta como alumna regular” en

En su apelación, la mamá reclamó un mejor derecho alimentario para su hija y la describió como “una adolescente que tiene como meta instruirse y avanzar en un proyecto de vida que la construya como profesional, pese a los avatares sufridos a raíz de las conductas de su progenitor, quien no sólo le ha generado daños materiales sino más graves aún, psicológicos y emocionales, recayendo condena por abusos sexuales contra ella a su corta edad”.

En ese sentido, el fallo señaló que “aunque lejos está de poder considerarse como una especie de reparación, la cuota que se fije, al menos, debería ayudar a mitigar sus consecuencias, dándole la oportunidad de un futuro con nuevos horizontes”.

El fallo compartió el criterio de la doctrina y la jurisprudencia en cuanto a que “a falta de prueba específica, la mayor edad hace presumir un aumento en los gastos demandados por el niño, niña y/o adolescente”. “La cuota alimentaria debe incrementarse en función de la mayor edad de los hijos, pues su crecimiento y la ampliación de su vida en relación ocasionan un sensible aumento de sus necesidades más elementales”, recordó el Tribunal citando un fallo de la Cámara Nacional Civil.

La decisión tuvo en cuenta que la madre y el padre, en el año 2018, acordaron una cuota por un monto mínimo que en aquel momento representaba el 56 por ciento del Salario Mínimo. Luego, en 2022, la mamá inició el proceso para aumentar el aporte del padre y si bien logró que se eleve el valor nominal de las cuotas, en los hechos terminó siendo “una disminución en relación a lo convenido originalmente”, porque el nuevo piso equivalía al 30 por ciento del Salario Mínimo. Con ese razonamiento, la Cámara subió el mínimo al 70 por ciento del SMVyM.

Fuente: Dirección de Comunicación Judicial – Poder Judicial de Río Negro

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